LRITF

Artículo 89. Reportes de operaciones

Las sociedades autorizadas deben elaborar reportes periódicos sobre sus operaciones y situaciones de riesgo, asegurando la transparencia ante las Autoridades Financieras. Este artículo establece obligaciones de reporte.

reportestransparenciaobligaciones

Texto Legal

Las sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos, las ITF, las Entidades Financieras y demás personas sujetas a la supervisión de las Autoridades Financieras que obtengan la autorización temporal a que se refiere este Título deberán elaborar y entregar a las Autoridades Financieras un reporte en la periodicidad que esta determine, durante la vigencia de la autorización, el cual contendrá lo siguiente:

I. El número de operaciones realizadas durante el periodo reportado;

II. El número de Clientes o usuarios con los que cuentan a la fecha del reporte;

III. Las situaciones de riesgo que se hayan presentado, y

IV. La demás información que las Autoridades Financieras requieran para tal efecto conforme a las disposiciones de carácter general que éstas emitan.

Además, las sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos, ITF, Entidades Financieras y demás personas sujetas a la supervisión de las Autoridades Financieras que obtengan la autorización temporal a que se refiere este Título, deberán entregar a dichas Autoridades Financieras un reporte final a más tardar treinta días posteriores al término de la vigencia de la autorización temporal, en el que se

LEY PARA REGULAR LAS INSTITUCIONES DE TECNOLOGÍA FINANCIERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

describan las cifras totales respecto de la información prevista en las fracciones anteriores, así como cualquier otra que las Autoridades Financieras determinen en la autorización temporal o en disposiciones de carácter general que para tal efecto emitan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable establecer un sistema de gestión de datos eficiente para cumplir con los requisitos de reporte. La puntualidad y precisión en los reportes son clave para mantener la confianza de las autoridades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 89 del LRITF?

Las sociedades autorizadas deben elaborar reportes periódicos sobre sus operaciones y situaciones de riesgo, asegurando la transparencia ante las Autoridades Financieras. Este artículo establece obligaciones de reporte.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 89 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnologí...?

[IA] Es recomendable establecer un sistema de gestión de datos eficiente para cumplir con los requisitos de reporte. La puntualidad y precisión en los reportes son clave para mantener la confianza de las autoridades.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 89 del LRITF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 89 LRITF desde tu celular