Las inversiones realizadas por la Sociedad Controladora a través de Subcontroladoras deben apegarse a las disposiciones de la ley respecto a la incorporación y separación de entidades financieras.
Las inversiones que realice la Sociedad Controladora a través de Subcontroladoras, deberán apegarse, según sea el caso, a lo dispuesto en esta Ley respecto de la incorporación, separación, fusión y escisión de entidades financieras integrantes de un grupo financiero, a las disposiciones relativas a las inversiones que lleve a cabo la Sociedad Controladora en entidades
LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
financieras no integrantes del Grupo Financiero y Prestadoras de Servicio e Inmobiliarias, así como a las demás disposiciones aplicables conforme a esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las Sociedades Controladoras mantengan un seguimiento riguroso de las inversiones a través de Subcontroladoras para cumplir con la normativa y evitar sanciones.
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