El Presidente de la República puede constituir consejos para coordinar acciones en el sistema financiero. Estos consejos buscan mejorar la estabilidad y desarrollo del sistema.
El Presidente de la República podrá constituir consejos que tengan por objeto facilitar la coordinación de las medidas y acciones en materia del sistema financiero que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, deban realizar o implementar la Secretaría, las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal respectivas y el Banco de México.
Dichos consejos se podrán constituir para tratar temas relacionados con el desarrollo y estabilidad del sistema financiero en el que se requiera coordinación de los involucrados. La coordinación en el seno de estos consejos no implicará invasión de las facultades y atribuciones que el marco legal otorga a cada una de las autoridades convocadas.
Los consejos podrán ser transitorios o permanentes y serán presididos por quien determine el Presidente de la República.
CAPÍTULO II Del Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La creación de consejos de coordinación puede influir en la regulación y supervisión del sistema financiero. Es importante que los profesionales del área estén informados sobre estos cambios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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