LRAF

Artículo 174. Efectos de notificaciones no conforme

Las notificaciones que no se realicen conforme a este capítulo tendrán efectos legales al día hábil siguiente de que el interesado se manifieste sabedor de su contenido.

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Texto Legal

Las notificaciones que no fueren efectuadas conforme a este Capítulo, se entenderán legalmente hechas y surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquél en el que el interesado o su representante se manifiesten sabedores de su contenido.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los interesados se mantengan informados sobre los actos administrativos, ya que la falta de conocimiento puede resultar en consecuencias legales. La proactividad es clave.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 174 del LRAF?

Las notificaciones que no se realicen conforme a este capítulo tendrán efectos legales al día hábil siguiente de que el interesado se manifieste sabedor de su contenido.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 174 de la LEY para Regular las Agrupaciones Financieras?

[IA] Es crucial que los interesados se mantengan informados sobre los actos administrativos, ya que la falta de conocimiento puede resultar en consecuencias legales. La proactividad es clave.

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