LRASCAP

Artículo 68. Cierre de Operaciones

Las sociedades cooperativas deben cerrar operaciones en los dias que la Comision determine como inhábiles. Esto busca regular el funcionamiento y la operatividad del sistema.

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Texto Legal

Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a IV deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones en los días que señale la Comisión mediante disposiciones de carácter general.

Los días señalados en los citados términos se podrán considerar inhábiles para todos los efectos legales, cuando así lo determine la propia Comisión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que las sociedades mantengan un calendario claro de los dias inhábiles. Esto ayuda a planificar mejor sus operaciones y la atencion a los socios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del LRASCAP?

Las sociedades cooperativas deben cerrar operaciones en los dias que la Comision determine como inhábiles. Esto busca regular el funcionamiento y la operatividad del sistema.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la LEY para Regular las Actividades de las Socieda...?

[IA] Es importante que las sociedades mantengan un calendario claro de los dias inhábiles. Esto ayuda a planificar mejor sus operaciones y la atencion a los socios.

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