LRASCAP

Artículo 24. Prescripcion de depositos

Los depósitos sin movimiento durante 10 años prescribirán a favor del patrimonio de la sociedad, siempre que se notifique al socio. Esta medida busca proteger los recursos de la cooperativa.

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Texto Legal

El principal y los intereses de los instrumentos de captación que no tengan fecha de vencimiento, o bien, que teniéndola se renueven de forma automática, así como las transferencias vencidas y no reclamadas, que al 31 de diciembre de cada año, no hayan tenido movimiento por depósitos o retiros durante los últimos 10 años, contados a partir de dicha fecha, cuyo importe no sea superior al equivalente de doscientos días de salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, prescribirán a favor del patrimonio de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo.

En todo caso, dicha Sociedad deberá dar previo aviso por escrito al Socio de que se trate, de manera fehaciente, en el domicilio que conste en el expediente respectivo, así como en un lugar visible de las oficinas de atención a los Socios de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo de que se trate, con 120 días de antelación a la conclusión del plazo previsto por el párrafo anterior.

Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con niveles de operaciones I a IV, estarán obligadas a notificar a la Comisión sobre el cumplimiento del presente Artículo dentro de los 2 primeros meses de cada año. La Comisión podrá verificar el cumplimiento del aviso señalado en el párrafo anterior.

A los depósitos a que se refieren los Artículos 14, fracción I, tercer párrafo y 19, fracción I, inciso a), tercer párrafo, de la presente Ley, les resultará aplicable lo dispuesto por el presente Artículo, a partir de que los depositantes adquieran la capacidad legal para celebrar las citadas operaciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que las sociedades mantengan un registro de los depósitos inactivos y realicen las notificaciones correspondientes. Esto evitará pérdidas de patrimonio y garantizará el cumplimiento de la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LRASCAP?

Los depósitos sin movimiento durante 10 años prescribirán a favor del patrimonio de la sociedad, siempre que se notifique al socio. Esta medida busca proteger los recursos de la cooperativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY para Regular las Actividades de las Socieda...?

[IA] Es importante que las sociedades mantengan un registro de los depósitos inactivos y realicen las notificaciones correspondientes. Esto evitará pérdidas de patrimonio y garantizará el cumplimiento de la ley.

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