LRASCAP

Artículo 17. Coincidencia en el consejo

Las sociedades con coincidencias en el Consejo de Administración se consideran una única entidad para efectos de límites de activos. Esta disposición busca prevenir conflictos de interés y asegurar la transparencia en la gestión.

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Texto Legal

Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con nivel básico de operaciones en las que exista coincidencia de alguno de los miembros del Consejo de Administración, así como, con el director o gerente general, serán consideradas como una única Sociedad, para efectos del límite de activos previsto en el Artículo 13 de esta Ley.

Sección Segunda De los Niveles de Operación I a IV

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los contadores deben estar atentos a la composición del Consejo de Administración para evitar problemas de cumplimiento. La coincidencia de miembros puede complicar la gestión financiera y la toma de decisiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 del LRASCAP?

Las sociedades con coincidencias en el Consejo de Administración se consideran una única entidad para efectos de límites de activos. Esta disposición busca prevenir conflictos de interés y asegurar la transparencia en la gestión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17 de la LEY para Regular las Actividades de las Socieda...?

[IA] Los contadores deben estar atentos a la composición del Consejo de Administración para evitar problemas de cumplimiento. La coincidencia de miembros puede complicar la gestión financiera y la toma de decisiones.

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