Los interesados pueden consultar datos y constancias de su actuación militar a través de la unidad competente de la Secretaría de la Defensa Nacional. Esta ley garantiza facilidades para realizar observaciones pertinentes.
Cuando los interesados requieran conocer o consultar los datos y constancias relacionados con su actuación militar, tramitarán su petición ante la unidad competente de la Secretaría de la Defensa Nacional, la que dará las facilidades necesarias para que hagan las observaciones que juzguen pertinentes.
CAPÍTULO II De la Comprobación del Tiempo de Servicios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los militares conozcan sus derechos para consultar sus datos. Los contadores pueden ayudar a facilitar este proceso y asegurar que la información sea precisa.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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