Este articulo regula las anotaciones de alta y baja en las Hojas de Servicios, asegurando que se realicen conforme a la documentación del expediente del militar. Esto es clave para mantener la integridad del registro.
En las Hojas de Servicios se harán las anotaciones de alta y baja en las Unidades, Dependencias e Instalaciones del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en que haya servido el militar, conforme a la documentación que obre en su expediente. Cuando ésta no sea suficiente, se le pedirá al interesado la comprobación respectiva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Mantener un registro claro y preciso de las altas y bajas es fundamental para la administración del personal militar. Asegúrese de que la documentación sea suficiente y esté bien archivada.
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Art. 28. Contenido de la hoja de servicios
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Art. 30. Certificado al concluir hojas de servicios
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