LUPDECR

Artículo 14. Emblema en Bienes Inmuebles

El emblema de la Cruz Roja puede figurar en bienes inmuebles utilizados por la organización, incluso si no son de su propiedad. Este artículo regula su uso en este contexto.

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Texto Legal

El emblema, acompañado de la denominación "Cruz Roja Mexicana", podrá figurar en bienes inmuebles que no sean propiedad de la Sociedad Nacional y que ésta utilice en el desarrollo de sus actividades.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las organizaciones deben asegurarse de que el uso del emblema en bienes inmuebles cumpla con las regulaciones para evitar problemas legales. Es recomendable llevar un registro de estos usos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del LUPDECR?

El emblema de la Cruz Roja puede figurar en bienes inmuebles utilizados por la organización, incluso si no son de su propiedad. Este artículo regula su uso en este contexto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la LEY para el uso y protección de la denominación...?

[IA] Las organizaciones deben asegurarse de que el uso del emblema en bienes inmuebles cumpla con las regulaciones para evitar problemas legales. Es recomendable llevar un registro de estos usos.

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