LDCMPME

Artículo 21. Domicilio del Consejo

El Consejo tendrá su sede en la Ciudad de México y podrá acordar sedes alternas. Esto facilita la logística de sus actividades.

domicilioconsejologistica

Texto Legal

El domicilio del Consejo será en la Ciudad de México y sesionará en las instalaciones de la Secretaría, siempre que éste no acuerde una sede alterna. Artículo reformado DOF 19-05-2017

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La ubicación del Consejo puede influir en su accesibilidad y en la participación de actores regionales. Es relevante para los asesores que trabajan con MIPYMES en diferentes estados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LDCMPME?

El Consejo tendrá su sede en la Ciudad de México y podrá acordar sedes alternas. Esto facilita la logística de sus actividades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY para el Desarrollo de la Competitividad de ...?

[IA] La ubicación del Consejo puede influir en su accesibilidad y en la participación de actores regionales. Es relevante para los asesores que trabajan con MIPYMES en diferentes estados.

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