LOTFJA

Artículo 62. Órgano Interno de Control

El Tribunal contará con un Órgano Interno de Control que ejercerá facultades según la Constitución y la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Este órgano es clave para la supervisión y control interno del Tribunal.

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Texto Legal

El Tribunal contará con un Órgano Interno de Control, cuyo titular ejercerá las facultades a que se refiere la fracción III del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La existencia de un Órgano Interno de Control es crucial para asegurar la transparencia y rendición de cuentas dentro del Tribunal, lo que puede impactar en la confianza pública.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 62 del LOTFJA?

El Tribunal contará con un Órgano Interno de Control que ejercerá facultades según la Constitución y la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Este órgano es clave para la supervisión y control interno del Tribunal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 62 de la LEY Orgánica del Tribunal de Justicia Administr...?

[IA] La existencia de un Órgano Interno de Control es crucial para asegurar la transparencia y rendición de cuentas dentro del Tribunal, lo que puede impactar en la confianza pública.

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