El Tribunal contará con un Órgano Interno de Control que ejercerá facultades según la Constitución y la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Este órgano es clave para la supervisión y control interno del Tribunal.
El Tribunal contará con un Órgano Interno de Control, cuyo titular ejercerá las facultades a que se refiere la fracción III del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La existencia de un Órgano Interno de Control es crucial para asegurar la transparencia y rendición de cuentas dentro del Tribunal, lo que puede impactar en la confianza pública.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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