LOTFJA

Artículo 47. Notificación de conclusión de periodo

Este articulo detalla el procedimiento que debe seguir la secretaria operativa de administración para notificar al Presidente del Tribunal sobre la conclusión del periodo de los Magistrados. La anticipación de tres meses permite una adecuada planificación para los nombramientos.

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Texto Legal

Cuando los Magistrados estén por concluir el periodo para el que hayan sido nombrados, la secretaria operativa de administración lo hará saber al Presidente del Tribunal, con tres meses de anticipación, quien notificará esta circunstancia al Presidente de la República y, podrá someter a su consideración la propuesta que previamente haya aprobado el Pleno General.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La anticipación en la notificación es clave para evitar vacíos en la administración del Tribunal. Los abogados deben estar atentos a estas fechas para asegurar la continuidad de los procesos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del LOTFJA?

Este articulo detalla el procedimiento que debe seguir la secretaria operativa de administración para notificar al Presidente del Tribunal sobre la conclusión del periodo de los Magistrados. La anticipación de tres meses permite una adecuada planificación para los nombramientos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 47 de la LEY Orgánica del Tribunal de Justicia Administr...?

[IA] La anticipación en la notificación es clave para evitar vacíos en la administración del Tribunal. Los abogados deben estar atentos a estas fechas para asegurar la continuidad de los procesos.

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