El articulo establece las causas de retiro forzoso de los Magistrados del Tribunal, incluyendo incapacidad física o mental y alcanzar los setenta y cinco años de edad. Estas disposiciones son fundamentales para garantizar la idoneidad de los magistrados en el desempeño de su cargo.
Son causas de retiro forzoso de los Magistrados del Tribunal, padecer incapacidad física o mental para desempeñar el cargo, así como cumplir setenta y cinco años de edad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los contadores y abogados estén al tanto de las causas de retiro de los magistrados, ya que esto puede afectar la continuidad de los procesos administrativos y judiciales en el Tribunal.
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Art. 45. Requisitos para ser Magistrado
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