Los Jueces de Distrito sin jurisdicción especial conocerán de todos los asuntos relacionados con el presente Capítulo. Esto asegura una cobertura judicial uniforme en la materia.
Las y los Jueces de Distrito que no tengan jurisdicción especial conocerán de todos los asuntos a que se refieren los artículos del presente Capítulo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los abogados conozcan la competencia de los Jueces de Distrito para dirigir adecuadamente los casos. La falta de claridad en la jurisdicción puede llevar a conflictos en la presentación de demandas.
Anterior
Art. 45. Diligencias en ausencia de jueces
Siguiente
Art. 47. Oficinas de correspondencia común
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo