Los empleados de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito también tienen derecho a dos periodos de vacaciones anuales de hasta quince días. Se debe evitar que todos los empleados tomen vacaciones al mismo tiempo.
Las y los Magistrados de Tribunal Colegiado de Circuito, de Tribunal Colegiado de Apelación y las y los Jueces de Distrito otorgarán a las y los secretarios, secretarias, actuarias, actuarios y demás personas empleadas de los Tribunales de Circuito, Colegiados de Apelación y Juzgados de Distrito, dos periodos de vacaciones durante el año, que no excederán de quince días cada uno, procurándose que no sean concedidas simultáneamente a todos los empleados de la misma oficina.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es recomendable que los despachos legales organicen su personal de manera que se garantice la continuidad de los servicios legales durante los periodos vacacionales.
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