Las sesiones se celebrarán en el lugar acordado por la Junta de Gobierno, salvo excepciones justificadas. La posibilidad de erigirse en sesión formal sin convocatoria previa permite agilidad en la toma de decisiones.
Las sesiones se celebrarán en el lugar que acuerde la Junta de Gobierno a propuesta del Presidente. Salvo por causas justificadas, en la convocatoria correspondiente, se señalará lugar distinto, al acordado, para la celebración de la sesión.
Cuando se encuentren reunidos la totalidad de los miembros de la Junta de Gobierno, podrán decidir erigirse en sesión formal, sin necesidad de previa convocatoria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los miembros deben estar preparados para adaptarse a cambios de ubicación en las sesiones, lo que puede afectar la logística y la asistencia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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