LOBNOSP

Artículo 22. Designacion del Director General

El Director General es designado por el Ejecutivo Federal y debe cumplir con ciertos requisitos establecidos en la ley. Este nombramiento es clave para la administración del Banco.

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Texto Legal

El Director General será designado por el Ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio de Banca y Crédito.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La designacion del Director General tiene implicaciones significativas en la estrategia del banco. Es importante que los contadores comprendan los requisitos y el proceso de seleccion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LOBNOSP?

El Director General es designado por el Ejecutivo Federal y debe cumplir con ciertos requisitos establecidos en la ley. Este nombramiento es clave para la administración del Banco.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Obras y Serv...?

[IA] La designacion del Director General tiene implicaciones significativas en la estrategia del banco. Es importante que los contadores comprendan los requisitos y el proceso de seleccion.

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