LOBNOSP

Artículo 13. Capital Neto

El capital neto del Banco será determinado por la Secretaría de Hacienda, asegurando su solidez financiera. Esto es fundamental para la operación del Banco.

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Texto Legal

El capital neto a que se refiere el artículo 34 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, será el que fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La determinación del capital neto es crucial para la estabilidad del Banco. Los asesores deben estar informados sobre cómo esto puede afectar las operaciones y financiamientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del LOBNOSP?

El capital neto del Banco será determinado por la Secretaría de Hacienda, asegurando su solidez financiera. Esto es fundamental para la operación del Banco.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Obras y Serv...?

[IA] La determinación del capital neto es crucial para la estabilidad del Banco. Los asesores deben estar informados sobre cómo esto puede afectar las operaciones y financiamientos.

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