El territorio de la República se divide en distritos para la administración de justicia agraria, cuyos límites son determinados por el Tribunal Superior Agrario. Esta división puede modificarse en cualquier momento.
Para los efectos de esta ley, el territorio de la República se dividirá en distritos, cuyos límites territoriales determinará el Tribunal Superior Agrario, pudiéndolos modificar en cualquier tiempo.
Para cada uno de los referidos distritos habrá el número de tribunales unitarios que determine el propio Tribunal Superior.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La división territorial es fundamental para la correcta administración de justicia agraria. Los abogados deben conocer los límites de cada distrito para asesorar adecuadamente a sus clientes.
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Art. 4. Nombramiento del Presidente del Tribunal
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Art. 6. Aplicación supletoria de la ley
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