Se establecen los grados máximos para diferentes cuerpos y servicios dentro de la Armada. Este artículo es esencial para la planificación de carrera del personal.
Se consideran como grado máximo los siguientes: I. Para los Cuerpos: a) Núcleo: hasta Almirante; b) Escala técnico profesional: hasta Capitán de Corbeta, y c) Escala no profesional: hasta Teniente de Navío, y II. Para los Servicios: a) Núcleo: hasta Vicealmirante; b) Escala técnico profesional: hasta Capitán de Corbeta, y c) Escala no profesional: hasta Teniente de Navío.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los abogados deben tener claro cuáles son los grados máximos para asesorar adecuadamente a los miembros de la Armada en sus aspiraciones de carrera.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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