LOAM

Artículo 83. Ascensos del personal naval

Los ascensos en la Armada se rigen por la Constitución y la Ley de Ascensos, garantizando igualdad de oportunidades. Este artículo es clave para la carrera profesional del personal.

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Texto Legal

Los ascensos del personal naval se conferirán con arreglo a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley de Ascensos de la Armada de México y en su reglamento, tomando en consideración la igualdad de oportunidades. Durante su permanencia en el servicio activo deberán cumplir con un perfil de confianza acorde a la misión de la Armada de México.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los abogados asesoren a los aspirantes a ascensos sobre los requisitos y procesos establecidos, para maximizar sus oportunidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 83 del LOAM?

Los ascensos en la Armada se rigen por la Constitución y la Ley de Ascensos, garantizando igualdad de oportunidades. Este artículo es clave para la carrera profesional del personal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 83 de la LEY Orgánica de la Armada de México?

[IA] Es fundamental que los abogados asesoren a los aspirantes a ascensos sobre los requisitos y procesos establecidos, para maximizar sus oportunidades.

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