La Junta Naval es el órgano administrativo que atiende inconformidades del personal naval en diversos aspectos, como adecuación de grado y antigüedad. Su funcionamiento está regulado por un reglamento específico.
La Junta Naval, es el órgano administrativo de carácter permanente, integrado conforme a su reglamento y demás disposiciones aplicables, competente para conocer de la inconformidad que manifieste el personal naval respecto de: I. Adecuación de grado; II. Antigüedad en el grado; III. Exclusión en el concurso de selección para ascenso; IV. Postergas; V. Pase a la milicia permanente, y VI. Situaciones escalafonarias. El personal naval de la jerarquía de Capitán de Fragata a Almirante sólo podrá interponer las inconformidades previstas en las fracciones II y VI del presente artículo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender las funciones de la Junta Naval es esencial para asesorar a los miembros del personal naval en sus derechos y procedimientos de inconformidad.
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