LNED

Artículo 90. Solicitud de emplazamiento

Previo a solicitar el emplazamiento por edictos, el juez puede ordenar que se practique en el lugar donde se encuentre la parte demandada. Esto busca asegurar que se agoten todas las opciones de notificación.

emplazamientosolicitudjuez

Texto Legal

Previo a la solicitud de la práctica del emplazamiento por medio de edictos, a petición del Ministerio Público, el Juez podrá ordenar que se practique en el lugar en donde se encuentre la Parte Demandada. Para tal efecto, el Ministerio Público deberá proporcionar a la autoridad judicial las referencias relativas a los datos de localización de quien deba ser emplazado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La posibilidad de solicitar un emplazamiento en el lugar de la parte demandada es una estrategia que puede ser útil. Los abogados deben evaluar esta opción antes de recurrir a edictos para asegurar una notificación efectiva.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del LNED?

Previo a solicitar el emplazamiento por edictos, el juez puede ordenar que se practique en el lugar donde se encuentre la parte demandada. Esto busca asegurar que se agoten todas las opciones de notificación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] La posibilidad de solicitar un emplazamiento en el lugar de la parte demandada es una estrategia que puede ser útil. Los abogados deben evaluar esta opción antes de recurrir a edictos para asegurar una notificación efectiva.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 90 del LNED?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 90 LNED desde tu celular