Las diligencias que no se puedan realizar en la residencia del tribunal deben ser encomendadas a otro Juez competente. Esto asegura que las diligencias se lleven a cabo adecuadamente.
Las diligencias que no puedan practicarse en el lugar de la residencia del tribunal en que se siga el juicio, deberán encomendarse a otro Juez federal o a otro de las Entidades Federativas competentes en extinción de dominio que corresponda, preferentemente, del mismo fuero de aquel donde se substancia el asunto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los abogados deben coordinar diligencias con otros Jueces para asegurar la continuidad del proceso. La comunicación efectiva es clave en estos casos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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