LNED

Artículo 25. Legitimidad del Ministerio Público

El agente del Ministerio Público goza de presunción de legitimidad en su nombramiento, aunque puede ser impugnado por las personas afectadas si consideran que hay suplantación.

ministerio publicolegitimidadimpugnacion

Texto Legal

Quien se ostente como agente del Ministerio Público, goza de la presunción de legitimidad en su nombramiento o designación; no obstante, podrá, desde la presentación del primer escrito, exhibir copia certificada del o los documentos donde consten aquellos, sin que la falta de exhibición deba considerarse como elemento para destruir la presunción legal en cita.

Las personas afectadas podrán impugnar la legitimación del Ministerio Público cuando, por causas fundadas, consideren que existe suplantación o bien, ha dejado de surtir efectos el nombramiento respectivo. En tales casos, la carga de la prueba corresponde a la Persona Afectada.

La impugnación de la legitimación del Ministerio Público se substanciará vía incidental, sin suspender el proceso. La Fiscalía podrá sustituir al agente que representa al Ministerio Público.

LEY NACIONAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La posibilidad de impugnar la legitimidad del Ministerio Público es un aspecto importante a considerar. Los abogados deben estar preparados para actuar en caso de que surjan dudas sobre la legitimidad del agente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 25 del LNED?

El agente del Ministerio Público goza de presunción de legitimidad en su nombramiento, aunque puede ser impugnado por las personas afectadas si consideran que hay suplantación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 25 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] La posibilidad de impugnar la legitimidad del Ministerio Público es un aspecto importante a considerar. Los abogados deben estar preparados para actuar en caso de que surjan dudas sobre la legitimidad del agente.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 25 del LNED?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 25 LNED desde tu celular