LNED

Artículo 240. Unidades especializadas en fiscalias

Las fiscalias contaran con unidades especializadas para mejorar la eficiencia en los procedimientos de extincion de dominio. Este articulo promueve la especializacion en la materia.

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Texto Legal

Las fiscalías contarán con unidades especializadas en materia de extinción de dominio, con el objeto de lograr una mayor eficiencia en los procedimientos de extinción de dominio de los Bienes destinados a estos.

Dichas unidades contarán con agentes del Ministerio Público que investigaran, ejercitarán la acción de extinción de dominio e intervendrán en el procedimiento, en los términos de esta Ley, los demás ordenamientos legales aplicables y los acuerdos que emita la persona titular de la Fiscalía.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La especializacion en las fiscalias puede mejorar la gestion de casos de extincion de dominio, lo que es relevante para abogados y contadores que trabajan en este campo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 240 del LNED?

Las fiscalias contaran con unidades especializadas para mejorar la eficiencia en los procedimientos de extincion de dominio. Este articulo promueve la especializacion en la materia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 240 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] La especializacion en las fiscalias puede mejorar la gestion de casos de extincion de dominio, lo que es relevante para abogados y contadores que trabajan en este campo.

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