LNED

Artículo 209. Audiencia principal

La audiencia principal se centrará en el desahogo de pruebas, alegatos y sentencia. Es el momento culminante del proceso judicial.

audienciaprincipalsentencia

Texto Legal

La audiencia principal comprenderá:

a) Desahogo de pruebas;

b) Alegatos, y

c) Sentencia.

Al cierre de la fase de desahogo de pruebas precluirán los derechos que no se ejercieron.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La audiencia principal es donde se define el resultado del juicio. Las partes deben estar listas para presentar sus pruebas y argumentaciones de manera efectiva.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 209 del LNED?

La audiencia principal se centrará en el desahogo de pruebas, alegatos y sentencia. Es el momento culminante del proceso judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 209 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] La audiencia principal es donde se define el resultado del juicio. Las partes deben estar listas para presentar sus pruebas y argumentaciones de manera efectiva.

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