LNED

Artículo 192. Anotación preventiva de la demanda

El Ministerio Público puede solicitar la anotación preventiva de la demanda en el Registro Público de la Propiedad o en otros registros pertinentes.

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Texto Legal

El Ministerio Público podrá solicitar, como medida provisional, la anotación preventiva de la demanda en el Registro Público de la Propiedad o en cualquier otro registro, según corresponda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los contadores deben asesorar sobre la importancia de la anotación preventiva, ya que puede proteger los derechos de sus clientes durante el proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 192 del LNED?

El Ministerio Público puede solicitar la anotación preventiva de la demanda en el Registro Público de la Propiedad o en otros registros pertinentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 192 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] Los contadores deben asesorar sobre la importancia de la anotación preventiva, ya que puede proteger los derechos de sus clientes durante el proceso.

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