LNED

Artículo 187. Revocación de medida cautelar

Si el Ministerio Público no cumple con el plazo establecido, la medida cautelar podrá ser revocada a solicitud de la parte demandada.

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Texto Legal

Si el Ministerio Público no cumple con lo dispuesto en el artículo que precede, la medida cautelar se revocará luego que la pida la Parte Demandada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los abogados mantengan un seguimiento de los plazos para solicitar la revocación de medidas cautelares, lo que puede ser clave para la defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 187 del LNED?

Si el Ministerio Público no cumple con el plazo establecido, la medida cautelar podrá ser revocada a solicitud de la parte demandada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 187 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] Es importante que los abogados mantengan un seguimiento de los plazos para solicitar la revocación de medidas cautelares, lo que puede ser clave para la defensa.

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