LNED

Artículo 170. Costas judiciales

No se cobrarán costas judiciales por actos judiciales, garantizando que el acceso a la justicia no se vea afectado por costos adicionales. Esto promueve la equidad en el proceso.

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Texto Legal

Por ningún acto judicial se cobrarán costas, ni aun cuando se actuare con testigos de asistencia o se practicaren diligencias fuera del lugar del juicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es clave para evitar que los costos judiciales sean una barrera para las partes involucradas en el proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 170 del LNED?

No se cobrarán costas judiciales por actos judiciales, garantizando que el acceso a la justicia no se vea afectado por costos adicionales. Esto promueve la equidad en el proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 170 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] Este artículo es clave para evitar que los costos judiciales sean una barrera para las partes involucradas en el proceso.

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