LNED

Artículo 140. Incorporación de Inspección Judicial

La incorporación de la inspección judicial se realiza mediante la relación de registros obtenidos. Este proceso es clave para la presentación de pruebas en la audiencia principal.

incorporacióninspecciónpruebas

Texto Legal

La incorporación del reconocimiento o inspección judicial se hará mediante relación de los registros obtenidos en el acto de producción de la prueba, y la reproducción de las partes esenciales y conducentes al hecho que se pretende acreditar con ellos en la audiencia principal.

SECCIÓN OCTAVA Prueba de Testigos Preparación y Desahogo

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable que las partes mantengan un registro detallado de la inspección para facilitar su presentación en la audiencia. Esto puede fortalecer su posición ante el Juez.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 140 del LNED?

La incorporación de la inspección judicial se realiza mediante la relación de registros obtenidos. Este proceso es clave para la presentación de pruebas en la audiencia principal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 140 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] Es recomendable que las partes mantengan un registro detallado de la inspección para facilitar su presentación en la audiencia. Esto puede fortalecer su posición ante el Juez.

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