Las actividades no remuneradas son aquellas que las personas privadas de la libertad realizan para el mantenimiento del centro penitenciario, garantizando la igualdad y equidad en la participación.
Actividades productivas no remuneradas para fines del sistema de reinserción Las actividades productivas no remuneradas para fines del sistema de reinserción es la modalidad a través de la cual las personas privadas de la libertad realizan actividades de servicios generales para la higiene, operación, mantenimiento y conservación del Centro Penitenciario.
De manera igualitaria, equitativa y sin discriminación alguna, toda persona privada de la libertad deberá participar de las labores de orden, mantenimiento, limpieza, higiene y demás funciones no remuneradas que compongan los servicios generales del Centro.
En la normatividad respectiva se establecerá el sistema de rotaciones semanales de acuerdo a la población y necesidades del Centro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo establece la obligación de participar en labores de mantenimiento, lo que puede afectar la percepción de los internos. Es importante que los abogados informen a sus clientes sobre estas responsabilidades.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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