LNEP

Artículo 77. Características de Atención Médica

La atención médica en centros penitenciarios es gratuita y obligatoria, garantizando condiciones higiénicas y adecuadas. Se enfoca en actividades de prevención, curación y rehabilitación.

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Texto Legal

Características de los Servicios de Atención Médica

LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Los servicios de atención médica serán gratuitos y obligatorios para las personas privadas de su libertad. Éstos contemplarán actividades de prevención, curación y rehabilitación, en estricto apego a las disposiciones legales aplicables en materia de servicios de salud.

Las instalaciones serán higiénicas y contarán con los espacios adecuados para garantizar el derecho a la salud de las personas privadas de su libertad en un Centro Penitenciario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La obligatoriedad de la atención médica implica que los centros deben tener los recursos necesarios. Es recomendable que los administradores revisen los contratos con proveedores de salud.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 77 del LNEP?

La atención médica en centros penitenciarios es gratuita y obligatoria, garantizando condiciones higiénicas y adecuadas. Se enfoca en actividades de prevención, curación y rehabilitación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 77 de la LEY Nacional de Ejecución Penal?

[IA] La obligatoriedad de la atención médica implica que los centros deben tener los recursos necesarios. Es recomendable que los administradores revisen los contratos con proveedores de salud.

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