LGMASC

Artículo 61. MASC en materia fiscal y administrativa

Regula la aplicacion de mecanismos alternativos en controversias fiscales y administrativas: conciliacion con autoridades, mediacion tributaria y limites de la disponibilidad del credito fiscal.

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Texto Legal

Articulo 61 — MASC en Materia Fiscal y Administrativa

Los mecanismos alternativos de solucion de controversias podran aplicarse en materia fiscal y administrativa en los terminos y condiciones que esta ley y la legislacion especifica establezcan.

Ambito de aplicacion

I. Son susceptibles de mecanismos alternativos en materia administrativa:

a) Controversias derivadas de actos administrativos que no involucren el interes publico general ni derechos indisponibles;

b) Disputas relativas a concesiones, permisos, licencias y autorizaciones administrativas, en lo que sea legalmente disponible;

c) Conflictos entre particulares y autoridades municipales o estatales sobre servicios publicos, uso de suelo y materias de regulacion local;

d) Controversias contractuales entre la administracion publica y particulares, incluyendo contratos de obra publica, adquisiciones y servicios.

II. En materia fiscal, los mecanismos alternativos podran aplicarse en los siguientes supuestos:

a) Acuerdos conclusivos ante la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), conforme a lo establecido en el Codigo Fiscal de la Federacion;

b) Conciliacion en materia de multas y recargos cuando la ley lo permita;

c) Controversias relativas a la interpretacion de clausulas contractuales en contratos celebrados con dependencias gubernamentales;

d) Disputas sobre devolucion de saldos a favor y compensaciones, en los terminos que la legislacion fiscal establezca.

Limitaciones en materia fiscal

I. Los creditos fiscales firmes no son susceptibles de mediacion o conciliacion, salvo en los supuestos expresamente previstos en la legislacion fiscal.

II. La autoridad fiscal no puede renunciar a creditos fiscales ni condonar contribuciones a traves de mecanismos alternativos, salvo que la ley expresamente lo autorice.

III. Los acuerdos alcanzados en materia fiscal deberan respetar los principios de legalidad tributaria, proporcionalidad e igualdad.

Procedimiento

I. Los mecanismos alternativos en materia administrativa se desarrollaran conforme a las disposiciones generales de esta ley, con las particularidades que la legislacion especifica establezca.

II. Las autoridades administrativas deberan designar funcionarios con capacidad de decision y facultades suficientes para negociar y suscribir acuerdos en representacion de la dependencia o entidad.

III. Los convenios alcanzados deberan ser validados por la autoridad competente y, en materia fiscal, por el organo interno de control o la unidad juridica correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores senala que los MASC en materia fiscal son todavia limitados en Mexico, pero la figura de los acuerdos conclusivos ante PRODECON ha sido un avance significativo. Los acuerdos conclusivos permiten a los contribuyentes resolver observaciones derivadas de auditorias del SAT sin llegar a la determinacion de un credito fiscal, lo cual es mucho mas rapido y economico que un juicio ante el TFJA. Las empresas en revision fiscal deben considerar esta via como primera opcion antes de litigar. La tendencia legislativa apunta a una expansion gradual de los MASC en materia tributaria.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 61 del LGMASC?

Regula la aplicacion de mecanismos alternativos en controversias fiscales y administrativas: conciliacion con autoridades, mediacion tributaria y limites de la disponibilidad del credito fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 61 de la Ley MASC?

SDV Asesores senala que los MASC en materia fiscal son todavia limitados en Mexico, pero la figura de los acuerdos conclusivos ante PRODECON ha sido un avance significativo. Los acuerdos conclusivos permiten a los contribuyentes resolver observaciones derivadas de auditorias del SAT sin llegar a la determinacion de un credito fiscal, lo cual es mucho mas rapido y economico que un juicio ante el TFJA. Las empresas en revision fiscal deben considerar esta via como primera opcion antes de litigar. La tendencia legislativa apunta a una expansion gradual de los MASC en materia tributaria.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 61 LGMASC?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 61 del LGMASC, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de recargos fiscales. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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