LISR

Artículo 89. Reembolsos, reducciones de capital en PM no contribuyentes

Establece las reglas para las reducciones de capital y reembolsos en las personas morales del Título III. Define el tratamiento fiscal de la distribución de patrimonio que exceda las aportaciones de los integrantes.

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Texto Legal

Artículo 89 — Reducciones de Capital y Reembolsos

Las personas morales del Título III que efectúen reducciones de capital o reembolsos a sus integrantes deberán observar lo siguiente:

Tratamiento fiscal

La distribución de patrimonio que exceda las aportaciones realizadas por los integrantes se considerará remanente distribuible.

Aportaciones de integrantes

Se consideran aportaciones de los integrantes:

- Las cuotas de incorporación
- Las aportaciones ordinarias y extraordinarias
- Las donaciones recibidas de los propios integrantes que se hayan registrado como capital

Reembolso excedente

El reembolso que exceda la aportación actualizada se tratará como ingreso acumulable para el integrante que lo reciba.

Actualización de aportaciones

Las aportaciones se actualizarán desde la fecha en que se realizaron hasta la fecha del reembolso, utilizando el factor de actualización del INPC.

Liquidación

En caso de liquidación de la persona moral, el haber social remanente que exceda las aportaciones actualizadas se tratará conforme al artículo 80.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los reembolsos y reducciones de capital en personas morales no contribuyentes tienen implicaciones fiscales especificas. SDV calcula el ISR correspondiente cuando los integrantes reciben recursos que exceden sus aportaciones originales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 89 del LISR?

Establece las reglas para las reducciones de capital y reembolsos en las personas morales del Título III. Define el tratamiento fiscal de la distribución de patrimonio que exceda las aportaciones de los integrantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 89 de la Ley del ISR?

Los reembolsos y reducciones de capital en personas morales no contribuyentes tienen implicaciones fiscales especificas. SDV calcula el ISR correspondiente cuando los integrantes reciben recursos que exceden sus aportaciones originales.

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