LISR

Artículo 47. Instituciones de crédito: reglas especiales de acumulación

Establece las reglas especiales de acumulación de ingresos aplicables a instituciones de crédito y sociedades financieras. Define que los intereses devengados a favor se acumulan conforme se devengan, no cuando se cobran.

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Texto Legal

Artículo 47 — Instituciones de Crédito

Las instituciones de crédito, de seguros y de fianzas, los almacenes generales de depósito, las arrendadoras financieras y las uniones de crédito, además de las obligaciones establecidas en este Título, cumplirán las siguientes:

Acumulación de intereses

Los intereses devengados a favor, incluyendo la ganancia inflacionaria, se acumularán conforme se devenguen, independientemente del momento del cobro.

Reservas preventivas

Las reservas preventivas para riesgos crediticios constituidas conforme a las disposiciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores serán deducibles.

Créditos incobrables

Los créditos que se consideren como cartera vencida conforme a las disposiciones de la CNBV podrán cancelarse contra las reservas preventivas.

Operaciones entre instituciones

Las operaciones de préstamo de valores, reportos y operaciones derivadas entre instituciones del sistema financiero se registrarán conforme a las reglas especiales de este capítulo.

Valuación de inversiones

Las inversiones en valores se valuarán a su valor de mercado al cierre de cada ejercicio, reconociendo la ganancia o pérdida por valuación como ingreso acumulable o deducción autorizada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las instituciones de credito tienen reglas especiales de acumulacion de ingresos distintas al regimen general. SDV asesora a entidades financieras en la correcta aplicacion de estas disposiciones, particularmente en el tratamiento de intereses devengados y provision para cartera.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del LISR?

Establece las reglas especiales de acumulación de ingresos aplicables a instituciones de crédito y sociedades financieras. Define que los intereses devengados a favor se acumulan conforme se devengan, no cuando se cobran.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 47 de la Ley del ISR?

Las instituciones de credito tienen reglas especiales de acumulacion de ingresos distintas al regimen general. SDV asesora a entidades financieras en la correcta aplicacion de estas disposiciones, particularmente en el tratamiento de intereses devengados y provision para cartera.

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