Establece las obligaciones de las personas que celebren loterías, rifas, sorteos o concursos: retener ISR, entregar constancias, presentar declaraciones informativas y conservar documentación de los premios pagados.
Las personas que celebren loterías, rifas, sorteos o concursos tendrán las siguientes obligaciones:
I. Retener el ISR conforme a las tasas del artículo 137.
II. Proporcionar a los ganadores una constancia de retención (CFDI de retenciones).
III. Enterar la retención a más tardar el día 17 del mes siguiente.
IV. Presentar declaración informativa a más tardar el 15 de febrero del año siguiente, con los datos de los premios pagados.
V. Conservar la documentación comprobatoria de los premios pagados y las retenciones efectuadas durante 5 años.
Cuando el premio se entregue en especie, el organizador podrá:
- Absorber el ISR del ganador, o
- Solicitar al ganador que pague el ISR antes de entregarle el premio
Cuando un contribuyente obtenga premios de diferentes organizadores, no se acumulan entre sí ni con otros ingresos, al ser cada retención un pago definitivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los organizadores de sorteos y concursos deben retener y enterar el ISR por los premios entregados. SDV asesora a empresas que realizan promociones y sorteos en el correcto cumplimiento de las obligaciones de retencion para evitar responsabilidad solidaria.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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