Establece las obligaciones de las personas físicas que perciben ingresos por intereses: presentar declaración anual cuando los intereses reales excedan cierto monto, solicitar constancias de retención y conservar documentación.
Las personas físicas que perciban ingresos por intereses tendrán las siguientes obligaciones:
Presentarán declaración anual cuando los intereses reales del ejercicio excedan de $100,000.
No están obligados a presentar declaración anual cuando:
- Los intereses reales sean menores a $100,000 en el ejercicio
- Los intereses provengan exclusivamente de cuentas de ahorro del sistema financiero
- Se hayan efectuado las retenciones correspondientes
Deberán conservar las constancias de retención que les proporcionen las instituciones del sistema financiero.
Podrán solicitar a las instituciones financieras una constancia con el desglose de:
- Intereses nominales pagados
- Ajuste por inflación del capital
- Intereses reales
- Retenciones de ISR efectuadas
Las retenciones efectuadas conforme al artículo 54 se acreditan contra el ISR del ejercicio en la declaración anual.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los perceptores de intereses tienen obligaciones de informacion y presentacion de declaracion anual cuando sus ingresos excedan ciertos limites. SDV determina cuando un contribuyente con ingresos por intereses esta obligado a declarar y calcula su ISR anual.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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