Establece el régimen fiscal para la enajenación de acciones cotizadas en bolsa de valores. La ganancia se grava con una tasa del 10% como pago definitivo, sin acumular a los demás ingresos del contribuyente.
Las personas físicas que obtengan ganancias derivadas de la enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas en bolsa de valores reconocidas, pagarán ISR conforme a lo siguiente:
Se aplicará la tasa del 10% sobre la ganancia obtenida.
El ISR tiene el carácter de pago definitivo. La ganancia no se acumula a los demás ingresos del Título IV.
La ganancia se calcula como:
> Ganancia = Precio de venta − Costo promedio de adquisición
Se determina sumando el costo de todas las acciones del mismo emisor entre el número total de acciones.
Las pérdidas por enajenación de acciones en bolsa solo podrán disminuirse contra ganancias del mismo tipo en los 10 ejercicios siguientes.
Los intermediarios financieros (casas de bolsa) efectuarán la retención provisional del ISR.
No aplica la tasa del 10% cuando:
- Se enajene el 10% o más de las acciones representativas del capital de la emisora en un periodo de 24 meses
- El enajenante sea parte relacionada de la emisora
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La enajenacion de acciones en bolsa de valores tiene un regimen fiscal especial con tasa del 10% sobre la ganancia. SDV asesora a inversionistas en la correcta determinacion de la ganancia o perdida bursatil y el cumplimiento de las obligaciones de informacion.
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