Enlista las obligaciones formales de las personas físicas que tributan en el RESICO: inscripción en el RFC, obtención de e.firma, emisión de CFDI, obtención de CFDI de gastos y presentación de declaraciones mensuales y anual.
Los contribuyentes del RESICO tendrán las siguientes obligaciones:
I. Solicitar su inscripción en el RFC e informar el régimen fiscal aplicable.
II. Contar con e.firma (firma electrónica avanzada) y buzón tributario activo.
III. Generar el CFDI por los ingresos que perciban por las actividades que realicen.
IV. Obtener y conservar los CFDI que amparen sus gastos e inversiones.
V. Presentar los pagos mensuales definitivos a más tardar el día 17 del mes siguiente.
VI. Presentar declaración anual en el mes de abril del año siguiente.
Los contribuyentes del RESICO no están obligados a llevar contabilidad electrónica, bastando con conservar los CFDI de ingresos y gastos.
Aunque no se deducen gastos para efectos del ISR, los contribuyentes deben solicitar CFDI por sus gastos para efectos del IVA y de comprobación ante el SAT.
Es obligatorio mantener activo el buzón tributario para recibir notificaciones del SAT.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las obligaciones del RESICO incluyen solicitar e inscribirse en el RFC, emitir CFDI por ingresos y obtener comprobantes de deducciones. SDV verifica el cumplimiento oportuno de estas obligaciones para que el contribuyente mantenga los beneficios del regimen simplificado.
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