Establece la obligacion de que todos los ingresos federales se concentren en la Tesoreria de la Federacion (TESOFE), salvo las excepciones expresamente autorizadas. Regula el manejo de los recursos del erario federal y la prohibicion de fondos o fideicomisos no autorizados.
Todos los ingresos que obtenga el Gobierno Federal por cualquier concepto se concentraran en la Tesoreria de la Federacion (TESOFE) y deberan reflejarse, cualquiera que sea su forma o naturaleza, tanto en los registros de la propia Tesoreria como en la Cuenta de la Hacienda Publica Federal.
No se concentraran en la TESOFE los ingresos provenientes de:
- Las aportaciones de seguridad social que reciban el IMSS y el ISSSTE por estar destinados a fondos especificos
- Los ingresos propios de las empresas productivas del Estado (PEMEX y CFE) que se destinen a su operacion
- Los recursos que por disposicion legal especifica tengan un destino determinado
Se prohibe la creacion de fideicomisos, mandatos o contratos analogos que impliquen el manejo de recursos publicos fuera de la TESOFE, salvo que exista autorizacion expresa en ley. Los fideicomisos existentes deberan:
- Rendir informes trimestrales a la SHCP
- Mantener registros contables conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental
- Sujetarse a las auditorias de la Auditoria Superior de la Federacion
Los recursos federales que transitoriamente se depositen en instituciones bancarias generaran los intereses correspondientes, mismos que seran considerados como aprovechamientos del Gobierno Federal.
La SHCP ejercera la vigilancia sobre la concentracion oportuna de los ingresos, asi como sobre su correcta aplicacion contable y presupuestaria. Las dependencias y entidades de la Administracion Publica Federal deberan:
1. Enterar a la TESOFE los ingresos recaudados dentro de los plazos que establezca la SHCP
2. Presentar los comprobantes y documentacion soporte correspondientes
3. Registrar contablemente los ingresos conforme a los lineamientos aplicables
El incumplimiento en la concentracion oportuna de ingresos sera sancionado conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Publicos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El principio de unidad de caja es fundamental para la transparencia fiscal. Obliga a que todos los ingresos publicos pasen por un solo punto de control (TESOFE), evitando el manejo discrecional de recursos. La eliminacion gradual de fideicomisos publicos sin estructura en sexenios recientes ha reforzado este principio. Para los contribuyentes, esto significa que sus pagos de impuestos se canalizan directamente a la TESOFE, donde son registrados y aplicados a los rubros del Presupuesto de Egresos.
Art. 1. Ingresos totales de la Federacion para 2026
Establece el monto total de ingresos que se autoriza recaudar a la Federacion durante el ejercicio fiscal 2026, desglosado por rubros: impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, y transferencias. Incluye la tabla completa de conceptos estimados de recaudacion.
Art. 10. Vigilancia y evaluacion del gasto publico
Establece las obligaciones de la SHCP y las dependencias federales para la vigilancia y evaluacion del ejercicio del gasto publico, incluyendo la obligacion de reportar trimestralmente al Congreso sobre la recaudacion efectiva comparada con las estimaciones de la LIF.
Art. 12. Transparencia presupuestaria y rendicion de cuentas
Refuerza las obligaciones de transparencia presupuestaria para el ejercicio fiscal 2026, estableciendo la obligacion de publicar informacion detallada sobre el origen y destino de los recursos publicos, incluyendo los gastos fiscales y su impacto en la recaudacion.
Anterior
Art. 6. Creditos fiscales y obligaciones de pago
Siguiente
Art. 8. Estimulos fiscales para 2026
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo