Regula la distribucion de participaciones federales a estados y municipios durante el ejercicio fiscal 2026, conforme a la Ley de Coordinacion Fiscal, incluyendo el Fondo General de Participaciones y los fondos de fomento municipal.
Las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinacion Fiscal participaran de los ingresos federales conforme a lo establecido en la Ley de Coordinacion Fiscal.
El Fondo General de Participaciones se constituye con el 20% de la recaudacion federal participable, que incluye:
- Impuestos federales (ISR, IVA, IEPS)
- Derechos de mineria
- Otros conceptos participables
La distribucion del Fondo General de Participaciones entre las entidades federativas se realiza considerando:
1. Componente poblacional: Proporcion de la poblacion de cada entidad respecto al total nacional
2. Componente de eficiencia recaudatoria: Crecimiento en la recaudacion local y esfuerzo fiscal
3. Componente compensatorio: Factor que busca reducir las desigualdades entre entidades
Las entidades federativas deberan distribuir a sus municipios al menos el 20% de las participaciones federales que reciban, conforme a las formulas que establezca su legislacion local.
Adicionalmente al Fondo General, existen fondos especiales:
- Fondo de Fomento Municipal: Constituido con una fraccion de la recaudacion del ISR y del impuesto sobre tenencia
- Fondo de Fiscalizacion y Recaudacion: Incentiva el esfuerzo recaudatorio de las entidades
- Fondo de Compensacion: Beneficia a las entidades con menor PIB per capita
- Fondo de Extraccion de Hidrocarburos: Para entidades productoras de petroleo
La SHCP debera publicar el calendario de entrega de participaciones, que se realizara dentro de los primeros 25 dias de cada mes, con base en la recaudacion efectiva del mes anterior.
Las entidades federativas y municipios que reciban participaciones deberan:
- Publicar trimestralmente el monto recibido y su ejercicio
- Destinar los recursos conforme a sus presupuestos de egresos locales
- Rendir cuentas ante sus congresos locales y la ASF
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las participaciones federales son la principal fuente de ingresos de la mayoria de estados y municipios. Un contribuyente que paga ISR o IVA esta alimentando indirectamente estos fondos. Para 2026, la formula de distribucion sigue premiando el esfuerzo recaudatorio local, lo que incentiva a los estados a mejorar su cobro de impuestos locales (predial, nomina, hospedaje). Los municipios mas eficientes en su recaudacion propia reciben proporcionalmente mas participaciones.
Art. 1. Ingresos totales de la Federacion para 2026
Establece el monto total de ingresos que se autoriza recaudar a la Federacion durante el ejercicio fiscal 2026, desglosado por rubros: impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, y transferencias. Incluye la tabla completa de conceptos estimados de recaudacion.
Art. 7. Concentracion de ingresos en la Tesoreria de la Federacion
Establece la obligacion de que todos los ingresos federales se concentren en la Tesoreria de la Federacion (TESOFE), salvo las excepciones expresamente autorizadas. Regula el manejo de los recursos del erario federal y la prohibicion de fondos o fideicomisos no autorizados.
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