Establece las sanciones aplicables por incumplimiento de las disposiciones de la LIF 2026, asi como las infracciones relacionadas con la recaudacion, concentracion y manejo de ingresos federales por parte de servidores publicos y contribuyentes.
Cometen infraccion a la Ley de Ingresos los servidores publicos que:
1. No concentren oportunamente los ingresos federales en la TESOFE
2. Omitan informar sobre los ingresos recaudados en los plazos establecidos
3. Hagan uso indebido de los ingresos federales antes de su concentracion
4. No apliquen correctamente las disposiciones sobre estimulos fiscales
5. Proporcionen informacion falsa en los reportes de recaudacion
Las infracciones seran sancionadas conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Publicos, que puede imponer:
- Amonestacion publica o privada
- Suspension del empleo, cargo o comision
- Destitucion del puesto
- Inhabilitacion temporal para el servicio publico
- Sanciones economicas proporcionales al dano causado
Cuando las infracciones constituyan delitos conforme al Codigo Penal Federal o la legislacion fiscal, se procedera penalmente sin perjuicio de las sanciones administrativas.
Los contribuyentes que apliquen indebidamente los estimulos fiscales previstos en el articulo 8 de esta Ley seran sancionados conforme al Titulo IV del Codigo Fiscal de la Federacion, con:
- Multas equivalentes al 50% al 100% del beneficio indebidamente aplicado
- Recargos y actualizacion del monto del estimulo
- Perdida del derecho a aplicar estimulos en ejercicios futuros
Cuando la autoridad fiscal determine que un contribuyente aplico estimulos fiscales simulando cumplir los requisitos, se presumira la comision de defraudacion fiscal equiparada conforme al articulo 109 del CFF.
Se establecen mecanismos de proteccion para los servidores publicos y ciudadanos que denuncien irregularidades en el manejo de ingresos federales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las sanciones por mal uso de estimulos fiscales son severas y pueden escalar a nivel penal. Es fundamental que los contribuyentes que apliquen estimulos del articulo 8 mantengan documentacion robusta que acredite el cumplimiento de todos los requisitos. La simulacion en la aplicacion de estimulos (por ejemplo, simular actividades del sector primario para acreditar IEPS de diesel) puede constituir defraudacion fiscal equiparada, con consecuencias penales. La asesoria profesional es indispensable.
Art. 8. Estimulos fiscales para 2026
Establece los estimulos fiscales vigentes durante el ejercicio fiscal 2026, incluyendo el acreditamiento de IEPS por diesel en el sector primario, estimulos para transportistas, produccion cinematografica, deporte de alto rendimiento, donacion de alimentos, IEPS acreditable y otros beneficios fiscales de aplicacion anual.
Art. 10. Vigilancia y evaluacion del gasto publico
Establece las obligaciones de la SHCP y las dependencias federales para la vigilancia y evaluacion del ejercicio del gasto publico, incluyendo la obligacion de reportar trimestralmente al Congreso sobre la recaudacion efectiva comparada con las estimaciones de la LIF.
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Art. 12. Transparencia presupuestaria y rendicion de cuentas
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Art. 14. Participaciones a entidades federativas y municipios
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