LIR-PE

Artículo 114. Rentas pasivas

Define las rentas pasivas y su tratamiento fiscal, excluyendo ciertos conceptos. Es fundamental para la clasificación de ingresos.

rentaspasivasfiscal

Texto Legal

Rentas pasivas Para efecto de lo dispuesto en el presente capítulo, se entenderá por rentas pasivas a: 1. Los dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades. No se considerará como rentas pasivas a: a ) Los conceptos previstos en los incisos g) y h) del

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Clasificar correctamente las rentas es esencial para el cumplimiento tributario. Un error en esta clasificación puede resultar en sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 114 del LIR-PE?

Define las rentas pasivas y su tratamiento fiscal, excluyendo ciertos conceptos. Es fundamental para la clasificación de ingresos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 114 de la LIR-PE?

Clasificar correctamente las rentas es esencial para el cumplimiento tributario. Un error en esta clasificación puede resultar en sanciones.

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