LGS

Artículo 3. Modalidades de Constitucion

La constitución de la sociedad anónima puede ser simultánea o sucesiva, mientras que otros tipos de sociedades deben constituirse en un solo acto. Este artículo detalla los procedimientos de formación.

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Texto Legal

Modalidades de Constitución La sociedad anónima se constituye simultáneamente en un solo acto por los socios fundadores o en forma sucesiva mediante oferta a terceros contenida en el programa de fundación otorgado por los fundadores. La sociedad colectiva, las sociedades en comandita, la sociedad comercial de responsabilidad limitada y las sociedades civiles sólo pueden constituirse simultáneamente en un solo acto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo afecta directamente la planificación de la constitución de la sociedad, ya que define el proceso a seguir y los tiempos involucrados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LGS?

La constitución de la sociedad anónima puede ser simultánea o sucesiva, mientras que otros tipos de sociedades deben constituirse en un solo acto. Este artículo detalla los procedimientos de formación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LGS?

Este artículo afecta directamente la planificación de la constitución de la sociedad, ya que define el proceso a seguir y los tiempos involucrados.

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