LGS

Artículo 2. Ambito de Aplicacion

Todas las sociedades deben adoptar una de las formas previstas en esta ley, y aquellas con régimen especial se regulan supletoriamente. Este artículo es clave para entender las limitaciones y regulaciones aplicables a cada tipo de sociedad.

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Texto Legal

Ámbito de aplicación de la Ley Toda sociedad debe adoptar alguna de las formas previstas en esta ley. Las sociedades sujetas a un régimen legal especial son reguladas supletoriamente por las disposiciones de la presente ley. La comunidad de bienes, en cualquiera de sus formas, se regula por las disposiciones pertinentes del Código Civil.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer el ámbito de aplicación ayuda a evitar sanciones por operar bajo una forma societaria incorrecta, lo que podría llevar a disoluciones o multas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del LGS?

Todas las sociedades deben adoptar una de las formas previstas en esta ley, y aquellas con régimen especial se regulan supletoriamente. Este artículo es clave para entender las limitaciones y regulaciones aplicables a cada tipo de sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LGS?

Conocer el ámbito de aplicación ayuda a evitar sanciones por operar bajo una forma societaria incorrecta, lo que podría llevar a disoluciones o multas.

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