El juez puede suspender un acuerdo impugnado a solicitud de accionistas que representen más del 20% del capital. Esto protege los intereses de los accionistas.
Suspensión del acuerdo El juez, a pedido de accionistas que representen más del veinte por ciento del capital suscrito, podrá dictar medida cautelar de suspensión del acuerdo impugnado. El juez debe disponer que los solicitantes presten contracautela para resarcir los daños y perjuicios que pueda causar la suspensión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Solicitar la suspensión puede ser una estrategia efectiva para evitar daños mientras se resuelve la impugnación, pero requiere una contracautela.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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