El accionista que impugne debe mantener su condición durante el proceso. La transferencia de acciones puede extinguir la impugnación.
Condición del impugnante El accionista que impugne judicialmente cualquier acuerdo de la junta general deberá mantener su condición de tal durante el proceso, a cuyo efecto se hará la anotación respectiva en la matrícula de acciones. La transferencia voluntaria, parcial o total, de las acciones de propiedad del accionista demandante extinguirá, respecto de él, el proceso de impugnación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental que los accionistas interesados en impugnar no transfieran sus acciones, ya que esto podría cerrarles la puerta a la defensa de sus derechos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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