La sociedad debe definir su objeto social, que limita sus actividades a aquellas lícitas y especificadas. Este artículo establece las bases para las operaciones de la sociedad.
Objeto social La sociedad circunscribe sus actividades a aquellos negocios u operaciones lícitos cuya descripción detallada constituye su objeto social. Se entienden incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente indicados en el pacto social o en el estatuto. La sociedad no puede tener por objeto desarrollar actividades que la ley atribuye con carácter exclusivo a otras entidades o personas. La sociedad podrá realizar los negocios, operaciones y actividades lícitas indicadas en su objeto social. Se entienden incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente indicados en el pacto social o en el estatuto. Artículo modificado por la sétima disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1332 , publicado el 6 de enero de 2017 (link: lpd.pe/pzjxD ). Se incorporó el tercer párrafo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Definir claramente el objeto social es crucial para evitar conflictos legales y asegurar que las actividades de la sociedad sean válidas y permitidas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo